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Sin obligación de compra

La expansión internacional del iPhone está poniendo en evidencia las idiosincrasias según los países. Mientras que en EE.UU., país donde la libertad (al menos declarativa) es uno de los valores básicos de la sociedad no hay restricciones para que el iPhone sea vendido en exclusividad para su uso con un determinado operador (en este caso AT&T), la llegada del dispositivo a Europa no ha hecho más que generar conflictos con las autoridades regulatorias, celosas de sus leyes de protección al consumidor.

 

En realidad, las cosas no son tan simples como parecen. En el caso particular del iPhone, en EE.UU. se respeta más la libertad de empresa que la individual. Apple puede libremente acordar con AT&T la exclusividad de la comercialización del dispositivo. Pero a su vez Apple puede cercenar la libertad de los dueños del dispositivo a usarlo con otros operadores, con actualizaciones de software que se encargan de que el equipo deje de funcionar con otras redes. Esto es más grave, porque entonces no están mejorando sino empeorando un producto del cual no son los dueños. Sin embargo, pueden más los deseos de libertad de los individuos, que siguen desbloqueando por las suyas el equipo luego de cada "actualización".

 

En el caso de Europa, existen en los distintos países leyes que protegen a los consumidores de ser forzados a adquirir un producto o servicio adicional (en este caso, el servicio de telecomunicaciones) como condición para comprar un determinado producto (el iPhone). Por eso, tanto en Francia como en Alemania se llegaron a esquemas más abiertos, mientras que en el Reino Unido el modelo es similar al estadounidense, demostrando que las afinidades van más allá de la política internacional y que tienen mucho de cultural también. De todos modos, hecha la ley hecha la trampa, ya que en Alemania se puede comprar un iPhone sin bloquear, pero pagando el triple (los desbloqueadores, agradecidos).

 

Quizás el punto esté en el medio. Por no tratarse de un bien básico ni de consumo obligatorio, si el consumidor acepta usar un operador X con tal de tener su preciado iPhone, allá él. Pero siendo que el consumidor es el dueño del dispositivo, debería ser libre de desbloquearlo cuando quiera. Y este desbloqueo debería ser provisto gratuitamente por el operador una vez superado el período de permanencia previsto en el contrato original. Si no, en vez de venderlo deberían alquilarlo u ofrecerlo en comodato.


Tags: Celulares Negocios Regulacion Sociedad

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